24 de abril de 2008

Eximen a un hotel de pagar a la SGAE por el hilo musical

El establecimiento sólo emitía música sin derechos de autor. | Consumer.

El Juzgado de Primera Instancia número 4 de Burgos ha eximido a un hotel de la capital burgalesa de pagar los 2157 € que le reclamaba la Sociedad General de Autores de España (SGAE) por no pagar los derechos de propiedad intelectual de la música que ponía a través del hilo musical, pues no ha podido demostrarse que violasen los derechos de autor de los artistas pertenecientes a la asociación.

Durante el juicio no ha podido demostrarse si la música que ambientaba el hotel Puerta de Burgos estaba protegida por derechos de autor o si por el contrario «había sido cedida gratuitamente por sus autores a través de licencias de Creative Commons». En este sentido, la SGAE aportó pruebas «escasas e irrelevantes» para determinar el origen de la música, afirma el juez.

El magistrado insiste en que no se puede exigir al hotel que demuestre que «todas y cada una de las obras que ha emitido no correspondan con las gestionadas» por la SGAE, entidad que «ha generado hasta ahora la sensación de que tiene un derecho a la gestión exclusiva del repertorio universal de las obras musicales».

El juez explicó que lo habitual en estos casos, por extraño que pudiera sonar al principio, era que la carga de la prueba «recayese en el demandante», y que era por tanto la SGAE quien debía demostrar que se habían emitido por el hilo musical del hotel música protegida por derechos de autor, en lugar de exigir al demandado que probase su inocencia, «demostrando, vaya usted a saber cómo, que no emitió ni una sola canción cuyos derechos gestione el demandante». El magistrado reprochó a los abogados de la SGAE que «obvien de una forma tan burda la presunción de inocencia».

Por su parte, el abogado de la defensa intentó durante el juicio presentar pruebas de que el hotel Puerta de Burgos sólo emitía por el hilo musical obras carentes de derechos de autor, principalmente motetes alemanes del siglo XV y canciones de grupos contemporáneos como Punkats, Epidemia Sin Rumbo y No Me Jodas, pero el juez se negó a dejar que conectase los altavoces de gran tamaño que portaba con él. Tampoco se admitieron las hojas de reclamaciones que varios clientes habían presentado en el establecimiento por discrepancias con el estilo del hilo musical y problemas con el volumen del mismo.

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